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Category Archives: Mutualidades Laborales

MUTUALIDADES: ACLARACIONES SOBRE EL NUEVO SISTEMA

1 de maig de 2021

Las últimas actuaciones de Hacienda sobre las peticiones de deducción de las aportaciones a la Mutualidad de Banca han creado un desconcierto total (estimaciones parciales hasta 1-1-67, rechazo de las posteriores que antes se aprobaban, cambio del cálculo, etc.) En este comunicado intentaremos aportar un poco de claridad.

Tras las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) de 5-7-2017 y 11-3-2019, sobre “Recursos extraordinarios de alzada para unificación de criterios” que presentó Tributos, y que terminó dictaminando que “…deberá analizarse la legislación vigente en cada momento para determinar de dichas aportaciones anteriores a 1 de enero de 1999 cuáles pudieron ser objeto de reducción o minoración en la base imponible del impuesto del aportante y cuáles no…”, Hacienda empezó rechazando las peticiones de deducción al dictaminar que como las Mutualidades son nombradas Entidades Gestoras de la Seguridad Social el 1-1-1967, dejan de ser entidades sustitutorias/complementarias y actúan como delegación de la Seguridad Social y por tanto las aportaciones recibidas son cuotas a la Seguridad Social; luego se van animando y eliminan la referencia al 1-1-67 y explican que “como fue Entidad Gestora”, sin precisar el tiempo, (sugiriendo que lo fue desde su nacimiento y sin ruborizarse al falsificar la historia) cualquier aportación a mutualidades lo fue en realidad a la Seguridad Social y que como además las pensiones las paga la Seguridad Social, concluyen en que todas las cuotas a cualquier organismo y en cualquier tiempo hay que considerarlas como cuotas a la Seguridad Social y, por ello, nadie tendría derecho a reducciones. No solo eso, las prestaciones otorgadas por cualquier entidad y en cualquier tiempo serían todas ellas prestaciones de la Seguridad Social.Llegir més

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COMO DECÍAMOS AYER…

30 de desembre de 2020

En nuestra anterior comunicación recordábamos como después del sablazo
del Tribunal Económico-Administrativo Central, reconociendo parcialmente
nuestras firmes reivindicaciones, describía la posibilidad de reclamar
las cotizaciones anteriores a enero de 1967, sin dejar de lado que
invariablemente podremos incorporar tanto las cotizaciones realizadas a
la Mutualidad Laboral de Banca como cualquier otra a la que
anteriormente hubiéramos contribuido, siempre y cuando lográramos
justificar.

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Categories: Mutualidades Laborales, Pensionistes |

Resolución TEAC Comunidad Valenciana

24 de setembre de 2020

Seguimos erre que erre

El pasado mes de julio nos despertábamos con la sorprendente e
irracional resolución del TEAC, estimando parcialmente el recurso
extraordinario de alzada en unificación de criterio interpuesto por la
Directora General de Tributos del Ministerio de Hacienda y resolviendo
que: “Podemos, por tanto, concluir que la situación de ITP y de la
Mutualidad Laboral de Banca no es la misma. La primera fue una
Mutualidad que actuaba como sustitutoria de la Seguridad Social, hasta
que se integró en el Régimen General de la Seguridad Social con efectos
de 1 de enero de 1992. La Mutualidad Laboral de Banca, sin embargo, fue
hasta 1966 un sistema de Previsión Social complementario y obligatorio
de los Seguros Sociales y, a partir de 1967, pasó a ser una Entidad
Gestora de la Seguridad Social, no pudiendo entenderse, por tanto, que
desde esta fecha nos encontremos propiamente ante aportaciones a
“mutualidades de previsión social” o ante prestaciones de “mutualidades
de previsión social” a los efectos de la Disposición Transitoria segunda
de la Ley 35/2006, toda vez que las cantidades aportadas han tenido la
naturaleza de cotizaciones a la Seguridad Social y las prestaciones
percibidas son prestaciones de la Seguridad Social.”

 

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Categories: Mutualidades Laborales, Pensionistes |

SORPRENDENTE E INAUDITA RESPUESTA

8 de juliol de 2020

La inoportuna aparición de la Consulta Vinculante V1578-19 de
26/06/2019 fue la culminación de otras tantas que le precedieron que
trastocarían todos los procesos de reclamación, desde ese mismo momento
la Agencia Tributaria rechazó todas y cada una de las rectificaciones de
autoliquidación, ni una sola pasó la criba, la respuesta era idéntica y
el “Copia y Pega” era evidente.
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Apel·lacions hisenda

27 de febrer de 2020

PARA LOS QUE RECIBAN RESOLUCION DENEGATORIA Y TENGAN QUE HACER APELACIONES: Esto es un texto orientativo, podéis copiarlo en su integridad o cambiarlo totalmente.

 Los que provengan del BB tienen que poner en algún sitio que tenía una Caja de Previsión de Empresa desde 23-5-1951 que se integró en la Mutualidad el 19-2-1971.

Los del Vizcaya Caja de Previsión Laboral que se integra directamente en el INSS el 4-4-1984 con efectos 19-11-1978 Los del Exterior Caja de Pensiones de los Empleados del BEX desde 1954 hasta 1960 que pasa a Mutualidad Banca

Pensionistes Fesibac

 

MODELO GENERAL ALEGACIONES

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FALLO FAVORABLE EN SANTA CRUZ DE TENERIFE

12 de febrer de 2020
Como señalábamos el pasado mes de diciembre, con fecha 07 de noviembre de 2019 el TEAR de Canarias, a través de su Sala Desconcentrada de Santa Cruz de Tenerife, había fallado a favor de una reclamante sobre la cuestión de la Mutualidad Laboral de Banca para poder disminuir un porcentaje de la base imposible, reivindicando la correspondiente disminución de los cuatro últimos ejercicios y la aplicación de un porcentaje en los futuros.
De la misma manera os indicábamos que la Agencia Tributaria con toda seguridad recurriría dicha manifestación.
Pues bien, transcurrido el periodo de dos meses establecido para ejecutar esas medidas, hemos confirmado que no se presentó recurso, por lo que este fallo desplegó sus efectos y pasó a ser firme, además procediendo a continuación la administración a liquidar las cantidades reclamadas por la demandante.

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CONTINUAMOS CON EL TEMA MUTUALIDADES

18 de desembre de 2019
CONTINUAMOS CON EL TEMA MUTUALIDADES
Desde que a finales de julio nos dirigimos por última vez a vosotr@s
exponiendo las conversaciones mantenidas con el Col.lectiu Ronda para
que asumiera la asistencia jurídica por las ineludibles reclamaciones
ante el TEAR, resultado de la actuación negativa de la Dirección General
de Tributos y la AEAT respecto de nuestras pretensiones (tras la
publicación de las Consultas Vinculantes), así como ante la inminente
recepción de las Resoluciones definitivas que serían inevitablemente
desestimatorias, ya han transcurrido casi cinco meses y de momento no se
vislumbran cambios sustanciales, pero tampoco se aprecian nubarrones
sobre el horizonte.

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ACTUACIONS JURÍDIQUES I FISCALS

5 de novembre de 2019

ACTUACIONS JURÍDIQUES I FISCALS

Donada l’actuació negativa de la Direcció General de Tributs i l’AEAT respecte de les nostres reivindicacions i la propera arribada dels seus Resolucions definitives, molts companys / es ens han demanat que busquéssim advocats fiscalistes als quals recórrer per continuar amb el procés en instàncies superiors.

– Amb aquesta finalitat hem parlat amb el Col·lectiu Ronda, S.C.C.L., que és una cooperativa d’advocats i un dels millors gabinets de Catalunya, dedicats des de fa molts anys a defensar els drets dels treballadors i ciutadans en les seves múltiples facetes.

Ells i elles han portat des de fa temps moltes de les denúncies dels treballadors de Telefónica i, en particular, el tema de Mutualitats.
Per tot això, ens ha semblat interessant tractar amb ells.

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Hisenda nega les regularitzacions per mutualitats

2 de juliol de 2019

Compañeras/os:

Debido a las trabas puestas por las empresas para certificar debidamente el tiempo y forma en que algunos años pudimos cotizar a Mutualidades y/o Montepíos Laborales/Cajas de Previsión Laboral/Cajas de Empresa/…;  a pesar de la dificultad de probarlo cuando no tenemos suficiente documentación y a pesar de la actitud de algunas personas de la Tesorería de la Seguridad Social manteniendo que sólo tienen datos de cotizaciones a la Seguridad Social y que por tanto tampoco pueden certificar lo que exige la Agencia Estatal de Administración Tributaria (seguimos intentando conseguir esas certificaciones), las peticiones de regularización presentadas han obtenido hasta ahora un resultado dispar, con resoluciones tanto positivas como negativas (por falta de documentación, principalmente) lo que refleja que el tema que nos ocupa y la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central habría cogido de improviso a Hacienda.

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URGENT

12 de juny de 2019

Qui aspiri a regularitzar l’exercici fiscal de 2014, en relació amb  les aportacions fetes en el seu dia a les mutualitats de treball, ja podeu accelerar el problema, recordeu que prescriu el 25 de juny, si la declaració resultava a pagar o el 30 de juny si el resultat va ser a tornar.

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