CAPITAL ADICIONAL – RESOLUCIÓN POSITIVA DEL TEAC

Acabamos de recibir la resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Central a la reclamación individual de un compañero asesorado por CGT
reclamando la consideración como Renta Irregular del Capital Adicional
al que tenemos derecho determinados colectivos del BBVA.

Dicha resolución indica textualmente en los FUNDAMENTOS DE DERECHO:
“En este caso el acuerdo colectivo de la empresa mediante el que se
establecía el sistema de previsión social se firmó el 14/11/2000 con
efectos 1/1/2004 por lo que, entiende este Tribunal, que el interesado
tendrá derecho a aplicar el 40% de reducción, debiendo, en consecuencia,
anularse el acto impugnado” (se refiere a una resolución negativa
anterior, contra la que recurrió nuestro compañero).

Os seguiremos informando tras la valoración de nuestros servicios
jurídicos para determinar el procedimiento a seguir en función de las
circunstancias de cada persona.

Asimismo en breve publicaremos dichos fundamentos de derecho.

Pensionistes FesibaC
19 de febrero de 2021